Tabla de Retenciones DGII 2017. Entre las novedades que o no pero que figuran en el Calendario Tributario DGII 2017 se encuentran los montos que se reflejan en la Tabla de Retenciones DGII 2017 y a los que si están alcazandos deben consultar. Asi como: DGII Escala Salarial 2017: Tramos de la Escala Impositiva.
Tabla de Retenciones DGII 2017 AQUI
Impuesto Sobre la Renta:
El Impuesto sobre la Renta; es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Base Legal: Título II Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones.

¿Quiénes Deben Pagar el Impuesto?
- Toda persona natural o jurídica residente en la República Dominicana
- Las sucesiones indivisas de causantes con domicilio en el país
Deben pagar el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana, y de fuentes fuera de la República Dominicana provenientes de inversiones y ganancias financieras.
Agentes de Retención:
Son agentes de retención las entidades públicas, comerciales, sociedades y otras, que por mandato de la Ley, deberán descontar del monto a pagar a las personas físicas o naturales y sucesiones indivisas, la cantidad del impuesto correspondiente, debiendo entregarlo a la administración tributaria dentro del plazo establecido. Siendo la fecha límite para presentar y pagar el impuesto dentro de 10 días después de cerrar el período declarado.
¿Qué Contribuyentes Están Exentos del ISR?
Están exentas las rentas del Estado, del Distrito Nacional:
- Municipios
- Distritos municipales
- Cámaras de comercio y producción
- Instituciones religiosas
- Entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia
- Centros sociales, literarios, artísticos, políticos, gremiales, científicos
- Asociaciones deportivas
Siempre y cuando estas asociaciones no persigan fines de lucro.
Tasa del Impuesto:
- 1º Las personas jurídicas domiciliadas en el país pagarán el veintiocho por ciento (28%) sobre la renta neta imponible del período 2014 y a partir del 2015 en adelante la tasa será de un 27% (modificado por la Ley 253-12).
- 2º Las personas naturales residentes o domiciliadas en el país pagarán sobre la renta neta gravable del ejercicio fiscal, las sumas que resulten de aplicar en forma progresiva la siguiente escala correspondiente a:
Escala Retención Asalariados 2017
Escala Anual | Tasa |
---|---|
Rentas hasta RD$416,220.00 | Exento |
Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00 | 15% del excedente de RD$416,220.01 |
Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00 | RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01 |
Rentas desde RD$867,123.01 en adelante |
RD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01 |
Escala Retención Asalariados 2016
Escala Anual | Tasa |
---|---|
Rentas hasta RD$409,281.00 | Exento |
Rentas desde RD$409,281.01 hasta RD$613,921.00 | 15% del excedente de RD$409,281.01 |
Rentas desde RD$613,921.01 hasta RD$852,667.00 | RD$30,696.00 más el 20% del excedente de RD$613,921.01 |
Rentas desde RD$852,667.01 en adelante |
RD$78,446.00 más el 25% del excedente de RD$852,667.01
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Esta escala salarial será ajustada anualmente por la inflación acumulada a partir del 2016. Para los años fiscales 2013, 2014 y 2015 no se aplicó dicho ajuste.