Según el Código de Trabajo, en lo relacionado con el salario de Navidad en general y el salario de Navidad de 2013 que se aproxima, consagra ese derecho para los trabajadores dominicanos además del salario que ganan en el año. El salario de Navidad se llamaba «regalía pascual» pagada a partir de la Ley 5235 de 1959 significando el doble sueldo que se gana mensualmente.
El ya no llamarse regalía Pascual, se debe a que no se trata de un regalo, más bien de un salario ganado mensualmente, aunque es pagado en un solo pago cuando llega el mes de Diciembre bajo ciertos requisitos.
Quienes Cobran por Derecho el Salario de Navidad:
Pueden cobrar el salario de Navidad todos los trabajadores, los ligados a la empresa por contrato por tiempo indefinido o que hayan sido contratados para trabajar en una obra por determinado tiempo o en la prestación de un servicio específico.
También tienen derecho al salario de Navidad los trabajadores pagados a destajos o por labor rendida, ya que la ley en el artículo 219, indica el derecho a todos los trabajadores y no establece exclusiones. Así como el trabajador que no ha prestado servicios en todo el año; si bien el artículo 220 señala que solamente pueden cobrar un porcentaje que debe relacionarse con el tiempo que trabajaron.
Salario de Navidad Trabajadores Despedidos:
Los trabajadores despedidos, No pierden el salario de Navidad. Sin importar la causa por la que terminó el contrato de trabajo, el trabajador despedido podrá mnatener su derecho al salario de Navidad.
Si el trabajador fue despedido en meses anteriores. El empleador tendrá que darle al trabajador una constancia escrita en que figure la suma a la que tiene derecho a cobrar por el salario de Navidad, para que cobre en Diciembre. No existe impedimento a que el empleador pague la proporción del salario de Navidad cuando acaba el contrato de trabajo.
Salario de Navidad:
El monto que corresponde por salario mensual, si el trabajador tiene un salario de 3 mil pesos mensuales, le corresponde cobrar en Diciembre 3 mil pesos más por el salario de Navidad. También llamado como «doble sueldo».
Tope en el pago del Salario de Navidad:
El monto que corresponde pagar nunca puede superar los 5 salarios mínimos de ley. El trabajador con un salario mensual que supere los 5 salarios mínimos de ley, solo podrá recibir por concepto de salario de Navidad una suma equivalente a 5 salarios mínimos de ley.
Forma de Calcular el Salario de Navidad:
Para pagar el salario de Navidad se toma en cuenta:
-Los salarios ordinarios que gana en el año
-Los salarios pagados por horas extras
La suma cobrada por la participación en beneficios de la empresa no cuentan.
El monto de los salarios ordinarios ganados en el año, debe dividirse entre 12 y el resultado de la división corresponderá a la suma a cobrar por el trabajador como salario de Navidad.
¿Está obligado el empleador a pagar el salario de Navidad mayor a los cinco salarios mínimos de ley?
Como poder pagarlo puede, si bien no está obligado por la ley a hacerlo.
Cuando el trabajador no prestó servicios en todo el año:
Cuando el trabajador gane 3 mil pesos al mes y ha sido desahuciado o despedido el 30 de Abril, habría ganado hasta Abril= 4 meses (RD$12 mil). Ese monto se lo debe dividir entre 12, y el resultado dará (RD$1,000) será lo que deberán cobrar por salario de Navidad.
Fecha de cobro del salario de Navidad:
Según el artículo 220 la fecha de pago del salario de Navidad será el 20 de Diciembre de cada año.
Impuesto sobre la renta:
El salario de Navidad queda libre del impuesto sobre la renta, el monto que cobren será sin deducción o descuento.
Salario Imbargable:
Como sucede con el salario ordinario, el salario de Navidad no se lo podrá embargar, ceder o vender.