Calendario del Contribuyente Impuesto sobre la Renta

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El calendario laboral o el calendario escolar no son los únicos calendarios a los que hay que prestarle atención, un calendario importante es el Calendario del Contribuyente Impuesto sobre la Renta que implica diversas obligaciones de pago de impuestos ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Impuesto sobre la Renta:

Se trata del impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Base Legal: Título II Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones.

Contribuyentes Alcanzados por el Impuesto:

Las personas naturales o jurídicas que residen en República Dominicana y las sucesiones indivisas de causantes con domicilio en el país, deben pagar el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana, y de fuentes fuera de la República Dominicana provenientes de inversiones y ganancias financieras.

Agentes de Retención:

Se refiere a los agentes de retención como: entidades públicas, comerciales, sociedades y otras, que por Ley, deben descontar del monto a pagar a las personas físicas o naturales y sucesiones indivisas, la cantidad del impuesto que corresponda, y entregarlo a la administración tributaria dentro de un plazo determinado.

La fecha límite para presentación y pago de este impuesto es dentro de los (10) días después del cierre del período declarado.

Quiénes Quedan Exentos del ISR:

Están exentas las rentas del Estado, del Distrito Nacional, municipios, distritos municipales, cámaras de comercio y producción, instituciones religiosas, entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, centros sociales, literarios, artísticos, políticos, gremiales, científicos y asociaciones deportivas, si dichas asociaciones no tienen fines de lucro.

Tasa del Impuesto:

1º Las personas jurídicas domiciliadas en el país pagarán el veintiocho por ciento (28%) sobre la renta neta imponible del período 2014 y a partir del 2015 en adelante la tasa será de un 27% (modificado por la Ley 253-12).

2º Las personas naturales residentes o domiciliadas en el país pagarán sobre la renta neta gravable del ejercicio fiscal, las sumas que resulten de aplicar en forma progresiva la siguiente escala correspondiente a:

Escala Retención Asalariados 2013-2015:

​Escala Anual Tasa​:
​Rentas hasta RD$399,923.00 ​Exento
Rentas desde RD$399,923.01 hasta RD$599,884.00 ​15% del excedente de RD$399,923.01
​Rentas desde RD$599,884.01 hasta RD$833,171.00 ​​RD$29,994.00 más el 20% del excedente de RD$599,884.01
Rentas desde RD$833,171.01 en adelante

RD$76,652.00 más el 25% del excedente de RD$833,171.01

Nota: Esta escala salarial será ajustada anualmente por la inflación acumulada a partir del 2016. Para los años fiscales 2013, 2014 y 2015 no se aplicará dicho ajuste.

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